Se conoció comunicado de prensa de 22 de febrero de 2024 con relación a la decisión de la Corte Constitucional que declaró inexequible parcialmente la expresión “y hubiesen cotizado mil ciento cincuenta semanas” y que se puede ver a partir de la página 18 del siguiente enlace:
Sobre el particular tenemos las siguientes opiniones sobre dicho pronunciamiento, por ser de interés para la situación pensional de las mujeres en Colombia:
* La disminución de semanas de 1150 a 1000 para mujeres en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, sólo aplica para aquéllas mujeres que se pensionarán con 1 smmlv.
* Debemos precisar que en el RAIS los afiliados no se pensionan con un número mínimo de semanas, sino con el capital ahorrado en su cuenta de ahorro individual.
* El requisito de las 1150 semanas es para tener un parámetro que permita determinar si el Estado a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el otorgamiento de un subsidio que le permita a los afiliados completar el capital para financiar una pensión de 1 smmlv en el RAIS, que es lo que se denomina Garantía de Pensión Mínima.
* Los efectos de la sentencia no son inmediatos, sino que iniciarían a partir del 1 de enero de 2026, disminuyéndose 15 semanas por cada año. Así a partir del 2026, se exigirían 1135 semanas y así sucesivamente hasta llegar a 1000.
*Esta medida podría quedar sin efectos si la Reforma Pensional decide que todos los afiliados que devenguen hasta 3 smmlv deben trasladarse obligatoriamente a COLPENSIONES, pues la figura de la Garantía de Pensión Mínima quedaría eliminada, pues sólo existe en el RAIS que administran las AFP privadas, pero no existe en COLPENSIONES.
* También esta medida queda sin efectos, si el Congreso decide tomar otro tipo de medidas para compensar la discriminación que sufre la mujer por falta de acceso a oportunidades laborales ocasionada por la carga de cuidado del hogar y familiar, que le impide cotizar con regularidad.
